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La casería era y sigue siendo, la unidad de
explotación del campo asturiano, formada por: Una casa,
un hórreo o panera, uno o dos huertos, tierras de labor,
praderías, un pedazo de monte y una parte de río. Las
partes de la casería no forman un coto cerrado, sino que
están dispersas en función de las cualidades y destinos
del terreno o por que se han ido formando por adiciones
sucesivas.
Estas pequeñas caserías, en un principio, no se podían
dividir si eran arrendadas, pues lo prohibían las
ordenanzas de 1781, pero tampoco cabría hacerlo por la
imposibilidad de que al dividir en partes no se pudieran
obtener los medios de subsistencia que la familia
necesitaba.
De esta forma, al haber un heredero único la unidad de
explotación no se dividía. A los demás herederos (bien
si el padre vivía o el que se casaba para quedarse en la
casa) los sostenían, teniendo todos que trabajar para la
explotación de la casería. Este heredero que se quedaba
en la casa tenía que darles, según sus posibilidades,
una cantidad de dinero al que quería independizarse o la
dote a las mujeres que se casaban, pagar la redención
del servicio militar, entregar un bien mueble o, si
emigraba, cargar con los gastos del viaje del heredero
que embarca, todo ello en relación con la capacidad
económica del que se quedaba con la casa, las tierras y
los derechos. Si tenemos en cuenta que una parte muy
importante de las tierras que se aprovechaban eran
arrendadas, la situación aún se complica más.
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