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La casería era y sigue siendo, la unidad de explotación del campo asturiano, formada por: Una casa, un hórreo o panera, uno o dos huertos, tierras de labor, praderías, un pedazo de monte y una parte de río. Las partes de la casería no forman un coto cerrado, sino que están dispersas en función de las cualidades y destinos del terreno o por que se han ido formando por adiciones sucesivas.
 
 Estas pequeñas caserías, en un principio, no se podían dividir si eran arrendadas, pues lo prohibían las ordenanzas de 1781, pero tampoco cabría hacerlo por la imposibilidad de que al dividir en partes no se pudieran obtener los medios de subsistencia que la familia necesitaba.
 
 De esta forma, al haber un heredero único la unidad de explotación no se dividía. A los demás herederos (bien si el padre vivía o el que se casaba para quedarse en la casa) los sostenían, teniendo todos que trabajar para la explotación de la casería. Este heredero que se quedaba en la casa tenía que darles, según sus posibilidades, una cantidad de dinero al que quería independizarse o la dote a las mujeres que se casaban, pagar la redención del servicio militar, entregar un bien mueble o, si emigraba, cargar con los gastos del viaje del heredero que embarca, todo ello en relación con la capacidad económica del que se quedaba con la casa, las tierras y los derechos. Si tenemos en cuenta que una parte muy importante de las tierras que se aprovechaban eran arrendadas, la situación aún se complica más.




 

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